VER PARA CREER, EN ESTA CONTESTACIÓN ES LA PRIMERA VEZ QUE EL CSD DICE OFICIALMENTE QUE NO HABRÁ FINANCIACIÓN DEL CSD PARA LA AMPLIACIÓN DEL CEAR LA QUE SEGÚN ÉL, ES UNA INICIATIVA DEL AYUNTAMIENTO SANTANDERINO, Y LO QUE ES MÁS GRAVE, DICE QUE LA NO DESAUTORIZACIÓN DEL GASTO A LA RFEV POR EL INCUMPLIENDO DE LA LEY DEL DEPORTE Y DE LOS ESTATUTOS DE LA MISMA EN CUANTO AL GASTO DE LA AMPLIACIÓN Y LA OBRA QUE DURARA VARIOS AÑOS MÁS QUE EL MANDATO DEL PRESIDENTE QUE LA LICITO CUANDO YA SOLO ERA PARTE DE LA JUNTA GESTORA, QUE ESO EQUIVALE A UNA AUTORIZACIÓN. MUY FUERTE ESTE CONCEPTO
Ya lo dice el CSD la duna es una iniciativa del Ayuntamiento Santanderinos, por lo que no financiara un soloi euro para su construccion
CARTA REMITIDA AL SECRETARIO DE ESTADO DEL DEPORTE SOBRE LAS IRREGUALRES ACTUACIONES DE LA JUNTA GESTORA EN LA AMPLIACION(¿?) DEL CEAR DE SANTANDER
Ilmo. Sr presidente de CSD
Sr. D. Miguel Cardenal
Consejo Superior de Deportes
C/ Martin Fierro 5
28040 Madrid
Muy Sr. mío:
El pasado 16 de octubre le remití un escrito en el que ponía en su conocimiento una serie de irregularidades que se han realizado por la Junta Gestora de la RFEV en cuanto a la contratación de una concesión de un terreno en el CEAR de Santander, en el cual pretende esta RFEV en colaboración con otras instituciones el derribar unas naves para construir un hangar escalonado con el fin de ampliar el citado CEAR, cuestión que desde luego no tiene el objeto de tal solicitud, ya que el propio edificio del CEAR, el que fue ampliado en 2009 con ese fin, no necesita para nada dicha nave, pues nunca en las dos existentes que ahora se quieren derribar para construir el hangar escalonado se han almacenado barcos del Equipo Preolímpico. En lenguaje coloquial, se la han metido doblada, vista la necesidad de ampliación del CEAR en cuanto a esa nave se refiere. No solo esto sino que además el CSD, como viene siendo habitual, mira para otra parte. Al ser el organismo que Ud. dirige el máximo responsable del deporte en nuestro país, debía conocer perfectamente las realidades de una instalación como es el CEAR de Santander, el que por otra parte se mantiene únicamente por las aportaciones que desde ese CSD se les otorga.
Pero esta falta manifiesta y de toda conocida (menos al parecer de ese CSD) de ampliación de las instalaciones del CEAR no es de lo único que desde ese CSD se mira para otra parte.
Como Ud. sabe perfectamente, la RFEV está en periodo electoral, pues hay múltiples recursos ante ese CSD por irregularidades manifiestas en la votación por correo, irregularidades en el desempates del Estamentos de Clubs y suplantación de Identidad en la votación, sobre los cuales tendrá que decidir y no como en otras elecciones mirar para otra parte como realizo su antecesor el Sr Lissavetzky, el que ahora es un entusiasta controlador de la normativa ante el desagraciado caso Arenas , en el fustiga sin piedad a la Alcaldesa de Madrid. Aquí no mira para otro lado, sino que rebusca bajo la alfombra, eso tenía que haber realizado durante su paso por el CSD, donde permitió, en cuanto a la vela se refiere desatino tras desatino.
Como también Ud. sabe no es ético, ni moral y me atrevo a decir que ni legal, el que una Junta Gestora, comprometa, con en este caso, la continuidad de la RFEV con la petición de un proyecto millonario, en el que a parte del coste de la Obra, la RFEV deberá pagar una tasa anual de 40.000 euros por la concesión del terreno, lo que con lo que debe de pagar por la concesión del resto del CEAR estas tasa sobrepasan los 240.000 euros anuales, pero esto es otra historia. Lo que no se puede permitir es que una Junta Gestora realice esta petición. Por otra parte la Junta Gestora es la que publica el pliego de condiciones para la adjudicación de la obra, pliego que después de publicado es modificado por la Junta Gestora por tres veces, según dicen los medios a petición del Sr. Alcalde de Santander (Aquí Confidencial.es del 1271072012). Esto que ya de por si debía de ser detenido por ese CSD, no acaba aquí, sino que el presidente de la Junta Gestora forma parte, junto con el CSD, Ayuntamiento de Santander y Gobierno de Cantabria, y el Secretario de la Junta Gestora, de la Mesa de Contratación para la educación de la Obra, teniendo además dicho presidente voto de calidad. En esta Mesa de Contratación en la que se sienta un representante de ese CSD, este organismo mira nuevamente para otro lado y permite esta esperpéntica situación.
Pero no solo eso, sino que después de rebajar las exigencias para los peticionarios de la obra, se le concede a una constructora que oferta por la misma 2.580.855 es decir 1.827.647,87 euros menos que los perfecta y detalladamente presupuesta el Sr Zaera en su proyecto. Esta rebaja de la obra, que ha sido aceptad por la Mesa de Contratación, en la que intervenía ese SCD, puede ser de una oferta temeraria, la que desde luego durante la posible obra se verá sustancialmente incrementada al desconocerse el terreno en donde tendrá lugar la construcción, que ya de por sí es un lugar complicado, la orilla de la mar. En este caso ya no solo se mira para otro lado, sino que el CSD es participe de la concesión de la obra. Ahora nuevamente la Junta Gestora, cuando le queda menos que un telediario, pues el día 19 desaparecerá, afortunadamente, de la vida federativa, vuelve a convocar una plaza de Director de Obra, por la módica cantidad de 72.600,00 euros, y nuevamente el CSD vuelve a mirar para otro lado.
Como dice el dicho, la mujer del Cesar, aparte de ser honesta, debe parecerlo. Pues bien el SCD que ha mirado siempre para otro lado durante los 12 años de mandato del Presidente que ahora ocupa la presidencia de la Junta Gestora, ya es hora de que tome cartas en el asunto e impida que acciones como las que en este escrito se indican se lleven a cabo en contra de toda moralidad, ética y legalidad.
También es hora de que los políticos pongan los pies en la tierra y sean conscientes de las necesidades de un país que atraviesa una crisis galopante en la que más de 5.000.000 de compatriotas carecen de empleo, y estos político permitan que el dinero público se tire en construcciones innecesarias como es la construcción de una nave que costara, cuando menos 2.653.455 euros del contribuyente.
No se puede decir, como hace el CEDD en la contestación que da sobre el particular, que no es competente, cuando el artículo 15 del RD/ 1591/1992, de 23 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Deportiva. El que tipifica los otras infracciones graves de los directivos y en concreto la d) que exige no comprometer el gasto de carácter plurianual del presupuesto de las Federaciones sin la reglamentaria autorización (articulo 76.2.e, Ley del deporte) como es el caso.
Atentamente
Fdo José Francisco García de Soto y de la Roza
Sr. Miguel Cardenal
Secretario de Estado para el Deporte
Consejos Superior de Deportes
Madrid
Santander 17 de Diciembre de 2012.
Muy Sr. mío:
Le remito esta carta abierta con motivo de que una vez más desde ese Organismo público que Ud. dirige se permiten una serie de acciones, mirando para otra parte cada vez que ocurren, en vez de impedir que estas tengan lugar, como debía corresponder al máximo árgano deportivo español.
En esta carta me centrare solo en casos concretos que conozco, los que han ocurrido últimamente en el deporte que practico, la Vela, aunque por lo que aparece en los medios, cosa similares ocurren en el deporte de nuestro país y que son permitidos desde esa Institución, la que en vez de ser el remedio de los mismos, desafortunadamente forma parte, con su permisiva actitud, de ellos.
Me explico, en mi ciudad, como Ud. sabe se va a celebrar el Mundial de Vela 2014, evento importante donde los haya dentro de este deporte y del cual todos los deportistas nos congratulamos. Pero aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, no se les ocurre a los dirigentes de nuestro deporte otra cosa que solicitar con una mentira, si como suena una mentira, solicitar un terreno para AMPLIAR el CEAR, tal y como dice la solicitud presentada para ello a la Autoridad Portuaria, la planta baja, la única planta cubierta que tendrá la construcción, será destina UNICAMENTE a almacén de embarcaciones de vela ligera del EQUIPO PREOLIMPICO de la RFEV consistiendo este en un único espacio diáfano…… Esto Sr. Secretario de Estado es una pura MENTIRA, en ese almacén nunca se guardaran UNICAMENTE embarcaciones de Equipo Preolímpico. En los almacenes que existen actualmente y que se quieren derribar para construir en su lugar este nuevo hangar, en ningún momento,hasta la fecha, se ha almacenado embarcación alguna del Equipo Preolímpico, lo que se almacena es embarcaciones de las escuelas de Vela del Real Club Marítimo de Santander y de la Real Federación Española de Vela, pero nunca embarcaciones del Equipo Preolímpico como de forma torticera manifiesta el dirigente federativo en su petición ante la Autoridad Portuaria. Si a partir de ahora hubiese necesidad de almacenar embarcaciones del Equipo Preolímpico las naves actuales lo permiten magníficamente. Por tanto esto no es una AMPLIACION de las instalaciones, es un capricho innecesario. Como Ud. también sabe, pues el CSD es una de los organismos que pagara la construcción de este Hangar, que costara al menos 2.653.455 Euros (tras una baja posiblemente temeraria, de más del 40% de coste presupuestado por el Diseñador del Hangar) seguramente terminara siendo más del doble del precio adjudicado lo que acabara costando, ya que en nuestra administración al precio final de las obras les acaba sucediendo este singular aumento, siempre existen motivaciones para que ocurra, en ese CSD tiene conocimiento de estos singulares aumentos de costo.
Le adjunto el escrito que en su día remitió el CSD sobre la actitud de ese organismo con respecto a la citada obra, escrito que tiene el numero de salida nº 15 con fecha 14 02 2012, en el que dejaba claro en su escrito; “que el Consejo Superior de Deportes no va a otorgar una subvención a una infraestructura que no tenga un claro uso, no solo durante la celebración del evento, sino posteriormente a él, y que no tenga una finalidad decidida y contrastada.” . En este caso, ahora desde el CSD no solo se mira para otra parte, sino que es participe del dispendio que se quiere producir para “AMPLIAR” (¿?) las instalaciones del CEAR de Santander en una época de enorme crisis económica, en la que los gastos deben ser aun mas milimetrados que nunca y que serán pagados con dinero público, procedente de los impuestos de todos los españoles.
El otro asunto en el que ese CSD mira de soslayo, y lo permite, es en el caso de las elecciones federativas, permitiendo que se vulnere la Ley y la Norma, lo que se realiza con la única finalidad de poder manipular el resultado de las mismas vulgarmente conocido como realizar un “pucherazo”, al permitirse desde ese CSD que no se cumpla la normativa sobre el voto por correo perfectamente contemplado en el Reglamento Electoral de la RFEV en su articulo 34,3, al no realizarse el convenio con Correos, este no puede cumplir lo que este articulo determina, lo que impide que se identifique la persona que realiza a votación, tal y como la normativa electoral determina.
La falta de este convenio, que es obligado por la norma, no se realiza por los responsables federativos con el único objeto de poder manipular esta forma de voto, como ha venido ocurriendo desde al menos en las cuatro últimas elecciones en la Vela,
Al permitir desde el CSD que esta norma no se haya cumplido, y por tanto al no tener Correos la posibilidad de verificar la identidad del elector, el proceso está viciado desde ese instante y da lugar, como ha ocurrido en esta ocasión, al envió incontrolado de votos, y por tanto al “PUCHERAZO”, que es lo que buscan, y consiguen, aquellos que no realizan. El pertinente convenio con Correos para que este pueda verificar, tal y como dice la norma la identidad del elector, y cuya falta ha sido el hecho común en la elecciones en, al menos, la RFEV, a permitido elección tras elección un autentico “PUCHERAZO” propio de republicas bananeras y no de un Estado de Derecho como es el nuestro
Por todo lo expuesto Sr. Secretario de Estado tome cartas en el asunto para que no se mire desde ese CSD para otro lado, procediendo a la seria investigación de los hechos aquí denunciados, así como de las acciones que corresponda por los mismos, por otra parte tipificados en la Ley del Deporte y que desde ese CSD tiene potestad para realizar. Ya está bien de que en este país en el siglo XXI desgraciadamente pasen las cosas que en este escrito pongo en su conocimiento.
Fdo José Francisco García de Soto y de la Roza
Olímpico de Vela
DNI 13664818N
C/Bonifaz 5 1º Izda, 39003 Santander
CC al Sr Ministro de Cultura
ARTICULOPUBLICADO EL 6 DE JUNIO DE 2013 EN EL BLOG DE JAUME SOLER.
El CSD se retira del Mundial de Santander 2014
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Página del Diario Montañés anunciando que el CSD no subvenciona al Mundial. |
Tal y como están yendo las cosas y viendo los futuros acontecimientos, el Consejo Superior de Deportes ha decidido retirar la subvención que tenía prevista para la construcción de la Duna Escalonada, que se puso como excusa con motivo de la celebración del Campeonato del Mundo de Vela Olímpica que se debería celebrar en Santander el año que viene.
Así lo reflejaba el Diario Montañés en su noticia principal de portada en la edición de este jueves día 6 de junio de 2013. El CSD, el Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Santander debían aportar cada uno 2,2 millones de euros para esta faraónica construcción, pero finalmente el CSD se ha desmarcado y ha dicho que “no hay ninguna subvención para el campeonato” y que las obras del CEAR de Vela son una “iniciativa del Ayuntamiento que no recibirán financiación”. Más claro, el agua.Este proyecto fue aprobado por el Comité Ejecutivo que presidía entonces Gerardo Pombo –que está fuera del todo y más después de la denuncia y la posterior sentencia- y que ahora preside José Ángel Rodríguez Santos. El Ayuntamiento por su parte ha anunciado que se seguirá con el plan previsto de las obras aunque no haya financiación estatal. Lo que no entiendo es como antes la obra estaba presupuestada en 6,6 millones de euros, pero luego se pudo adjudicar casi por una tercera parte, según información del diario cántabro. O antes estaba sobrevalorado o a lo mejor la obra se hará ahora con materiales más baratos. No deja de ser curioso.El alcalde, Íñigo de la Serna, sigue confiando en que llegarán para sufragar el Mundial “nueve o diez millones de euros” de patrocinadores privados. Pero la única realidad es que a fecha de hoy, al menos en la página web, tan solo sale el anuncio de una agencia oficial de viajes.Eso sí, poner un reloj con la cuenta atrás sí que lo pusieron en marcha, pues bien, a los pocos días ya se había puesto a cero. ¿Premonición?
CUANDO LAS TOGAS SE MANCHAN CON EL POLVO DEL CAMINO O CUANDO LA JUSTICIA PRETENDE USARSE DESDE EL PODER PARA REALIZAR UNA VENDETTA.
De los dos años de suspensión de licencia dictado por el Comité de Disciplina de la RFEV, el órgano jurisdiccional deportivo superior, el Comité Español de Disciplina Deportiva lo redujo a una regata. La desproporción de las medidas, y sobre todo las formas en la tramitación del expediente por parte de la RFEV dejan clara la intencionalidad de esta.
El comienzo del título de este articulo esta parafraseado de un dicho que definió perfectamente a un reciente Fiscal General del Estado, el que decía que era conveniente que esto sucediese. Está claro que sucede. Afortunadamente no todos los jueces actúan bajo este criterio, pero lo que está claro es que algunos si lo hacen. En la Vela conozco a muchos que son imparciales, honrados y justos, pero desde luego he sufrido a otros a los que sus togas se les han manchado con el polvo del camino.
Antes de empezar a contar lo que me ha ocurrido, al menos con el que Juez que actuó, en nombre y a instancias de la RFEV, en lo que voy a contar. Digo esto porque en el lugar donde tuvo término el comienzo de este caso, había, y así me lo trasmitieron en aquel acto, decidido no pasar más allá de lo que allí se decidió. Siendo la propia Federación la que insto a que diesen traslado del asunto a la misma, para aplicarme, sin sentido, la pena más grande que tuviese lo más duro de lo que en sus normas se reflejaba.
Hoy, al final de todo el asunto me alegro de que no fuese así, y se iniciase el expediente, el que ha acabado con que por parte del Comité Español de Disciplina Deportiva, máximo órgano jurisdiccional deportivo, en su decisión final y definitiva considere que la decisión de aquel Comité de Protestas era desproporcionadamente excesiva, emitiendo un fallo que nada tiene que ver con la pena impuesta por la RFEV desde su Comité de Disciplina.
Antes entrar en materia de lo que me ha sucedido en relación al Comité de Disciplina de la RFEV quiero contar algo en lo que no he tenido ninguna intervención, pero que demuestra que el enunciado de este artículo desgraciadamente ocurre a menudo en nuestro deporte.
"En una regata internacional realizada este verano, en una salida un participante que se acercaba a la línea, sufrió un abordaje causado por otro que se quería meter incorrectamente y que se debía de mantener separado. El causante del incidente, al llegar a tierra al terminar la regata, dejo claro al perjudicado de que se haría cargo de los desperfectos producidos. Pero como el incidente se había producido ante la presencia del Comité de Regatas, el perjudicado tuvo que realizar la protesta por el incidente, ya que había habido daños y en ella presentaba como testigo al propio Comité de Regatas que había visto todo el incidente, el cual certifico en la vista ante el Comité de Protestas, que todo lo que había expuesto el protestante constituía la realidad de los hechos. El protestado envió a un tripulante a la vista, quien conto, como suele ocurrir en estos casos, una milonga. En el comité de protestas había un trabajador del club al que pertenecía el barco protestado y de cuyo club era directivo el armador del mismo. La deliberación de Comité de Protestas sobre el incidente en que había quedado probado el abordaje, fue la desestimación de la protesta".
También quiero indicar el talente de otro comité, el que anuncia por radio, tras siete horas de calvario del navegante, que ha sido descalificado desde la salida por haberla hecho un minuto tarde. Al descalificado en cuestión le faltaba un milla para cortar la línea de entrada después de cómo digo 7 horas de navegación
Cosas veredes amigo Sancho
En fin, eso aunque tiene que ver con lo que trata el artículo, es otra historia.
Ahora paso a describir lo ocurrido con la vendetta que se pretendió realizar a balón pasado conmigo.
En el campeonato de Europa Master de la Clase Snipe, las cosas no transcurrían demasiado afortunadas para la celebración del mismo. A medio campeonato se quisieron modificar las reglas de la clase, algo muy común en nuestro país en donde las reglas se obedecen pero no se cumplen, y con esa modificación realizar tres pruebas en una jornada. Esto ocasiono que se protestase esa modificación y como no podía ser de otra manera se anulo la modificación. En la última jornada el viento no quería hacer su aparición en el campo de regatas y las previsiones no auguraban más de 4 nudos cuando lo hiciese, a pesar de ello el Comité de Regatas mando a toda la flota al agua, lo que se hizo a remolque por más de 40 minutos. Cuando esta llego al campo de regatas estuvo flotando más de hora y media a la espera de que el viento hiciese su aparición. En un momento que pareció que así ocurría, el Comité de Regatas comenzó con el procedimiento para dar la regata. se Tras haberse navegado la mitad del primer tramo, el viento escaseo y rolo más de 40 grados, lo que facilito que los que habían llegado con más de 5 minutos tarde a la salida, se colocasen entre los 5 primeros al paso de la primera baliza. En comité a pesar de ello siguió manteniendo en marcha la prueba, la que se caracterizo en todo momento por las roladas y la escasez de viento. Durante la prueba en un momento pregunto a una de las lanchas que estaban en el campo por un dato el que me dicen no conocer, a lo que contesto dirigiéndome a mi tripulante con unas palabras desafortunadas pero no ofensivas. Al terminar la prueba me acerco al comité de regatas, al que conozco desde hace mas de 30 años y tengo la confianza suficiente, para felicitarle por su desafortunada decisión. Cuando me alejo me preguntan que es lo que llevo en popa a lo que la contesto de forma jocosa dentro de nuestra amistad.
Así las cosas llegamos a tierra, donde como es el fin del campeonato aquello era una jungla, al ser escasísimo el espacio y todos querer sacar el barco de aquel lugar para marcharnos a casa lo más rápidamente posible.
Cuando estamos en pleno follón me viene una persona que no se identifica, y que yo no conocía, y empieza a increparme sobre lo que había dicho a la zodiac. Como no paraba, y con el agobio que había le mande a la Mi…
Ya fuera del recinto, cuando había conseguido sacar el barco y le estaba cargando con mis compañeros en el remolque, me viene un Sr. que se identifica como el Presidente del Comité de Protestas a entregarme un escrito, el cual y con lo que estábamos realizando en ese instante no recogí, le acompañan el presidente del Comité de Regatas
Abreviando, me habían presentado dos protestas. Por ello fui a la vista, la cual aunque se acababa de celebrar sin mí, se volvió a abrir y se me escucho, en ella pedí disculpas a todos aquellos que se podían haber sentido ofendidos sin intención por mi parte. Estos las aceptaron y se resolvió sacarme del campeonato, lo que acepte en aquel momento para olvidarme del asunto.
Bien, lo ocurrió hasta aquí es una acción normal en cualquier regata. Pero ahora es cuando viene lo bueno.
A mediados de Enero del siguiente año, me llega un escrito de la RFEV por la que se me indica la apertura de un expediente disciplinario sobre lo ocurrido en aquel campeonato, y se me dan unos días para realizar mis alegaciones sobre ello.
Hago las mismas en tiempo y forma, y en ellas explico lo ocurrido. Al poco tiempo me llega la resolución de la RFEV en la que en principio me piden 5 años de inhabilitación, la que me dejan en dos y me imponen la pena a partir del uno de Abril.
Por aquellos momentos se celebraban en mi club regatas sociales en las que participaba, y no se les ocurre nada mejor que me enviarme, en la línea de salida de las mismas, un recado de que no puedo participar, eso sin haber recibido yo aun la decisión final de la RFEV que mención anteriormente. También me niegan en el club la inscripción al territorial que iba a tener lugar dentro de 15 días.
Como afortunadamente la decisión Federativa no es firme, pues cabe recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva, presente este ante ese organismo la vez que envié una carta al club y otra a la territorial para indicarles que acudiría a la Jurisdicción Ordinaria si se me seguía acosando como habían hecho.
En la tramitación del expediente ante el Comité Español de Disciplina Deportiva he tenido que leer acusaciones extemporáneas y fuera de lugar por parte del fiscal de la RFEV, las que parecían las de un inquisidor. Yo al fin y al cabo había dicho frases poco afortunadas, pero no había ni pegado a nadie, ni me había dopado, por lo que la insidia con la que era perseguido por la RFEV solo tenía una explicación y es que había anulado las elecciones en el club del que era Presidente el Vicepresidente de la RFEV y Presidente del Comité de Disciplina
En fin, al grano, después de unos meses de intercambio de escritos con el Comité Español de Disciplina Deportiva en contestación de los que enviaba la RFEV pidiendo mi cabeza, el órgano deportivo superior evacuo el siguiente Fallo, que es firme: “
Con lo que a la desproporcionada pena de dos años de suspensión de licencia federativa que me había sido impuesta por la RFEV, el Comité Español de Disciplina Deportiva lo dejo en una sola regata.
Ahora tras este fallo ya firme, tendrán que recalificarme en la regata del europeo que sin objeto alguno fui descalificado lo que en ningún momento tenía que haberlo sido, sino que como dice el fallo del Comité Español de Disciplina Deportiva mi pena era la de solo una regata y no de las dos como me impusieron en primera instancia.
Ante esta forma de actuar de los jueces en primera instancia en nuestro deporte animo a los sufridos regatistas que cuando las decisiones de las protestas no se ajusten a la norma y a los hechos, acudan a la apelación y cuando esta no sea tampoco acorde a esos parámetros recurran al Comité Español de Disciplina Deportiva y en su caso al contencioso, con el fin de que los Comités de Protestas sean consciente de que lo que tienen que resolver ha de ser de acuerdo con los hechos y las reglas para que las togas no se manchen con el polvo del camino.
Los Socios de RCMS que pasamos por delante del TOA situado en la primera planta del edifico del RCMS observamos con atónita mirada el escrito de la resolución que la Junta electoral ha pinchado en él. Resolución esta que riza el rizo a la anteriormente expuesta, y que como no cabía a otra, ha sido impugnada ante la propia Junta Electoral y la Federación Cántabra de Vela.
http://www.masmar.net/esl/Náutica/Clubes-Puertos-Dep/¿Que-es-lo-que-ocurre-en-mi-club-,-o-la-historia-de-un-desproposito
¿Que es lo que ocurre en mi club?, o la historia de un desproposito
12 junio 2013 15:34:42
Antes de nada decir que mi Club es el Real Club Marítimo de Santander, del cual soy Socio de Numero desde hace mas de dos décadas, perteneciente al mismo durante otra década más en su sección de Socio Filial, soy, lo mismo que todos mis hermanos, también Socios de Numero , biznieto de un Socio Fundador del Marítimo, nieto de otro Socio de Numero del Club e hijo de un Socio de numero en activo dentro del RCMS es decir pertenezco a la cuarta generación de mi familia como Socio de numero del RCMS, además soy un asiduo regatista en una clase hoy denostada por la Junta Directiva Cesada por orden Judicial.
Esto no es para alardear de mi pertenencia al Club, cosa que nunca he hecho, pero con ello dejo meridianamente claro, para los que puedan buscar otro sentir a lo que digo les quede claro que no busco nada en él, y que lo que digo no tiene otra connotación que un perfecto conocimiento de mi Club, y la autoridad que esta permanencia familiar me otorga para manifestarla con pleno derecho a hacerlo.
El RCMS a lo largo de su historia ha sufrido graves ataques; fue incendiado en el año 1935 como consecuencia de la situación política de aquellos momentos, nuevamente casi resulta volado por la banda terrorista ETA, pero estos ataques le fueron hechos desde fuera, en aquellos momentos las Directivas, como los Socios, arroparon al Club y lo hicieron en ambos casos resurgir con más fuerza.
Pero en los ultimo años, los problemas de mi Club no han venido del exterior, sino que se engendraban en su seno, siendo los directivos los que las provocaban al crear malestar entre los Socios por su forma de llevar la entidad, directivos que en este año cumplían mas dos décadas en la Directiva, cosa única en la ilustre historia de mi Club.
En Noviembre de 2010 a petición de más de un 10% de los Socios del RCMS se solicita por estos a la Directiva la convocatoria de dos Asambleas Generales Extraordinarias, hecho que hasta el momento nunca había tenido lugar el mi Club. Nunca se había exigido por parte de los Socios la convocatoria de una Asamblea General Extraordinaria durante los 83 años de existencia que en 2010 cumplía mi Club.
A estas Asambleas Generales y aprovechando, la ocasión la Directiva añadió una más, la que consistía en unas elecciones anticipadas. Esto también fue un hito en la historia de mi Club, digo un hito, pues la convocatoria de elecciones fue, por primera vez, en la existencia de mi Club, denegada por los Socios en aquella Asamblea.
Al no ser permitidas en noviembre de 2010 por los Socios las elecciones anticipadas solicitadas por la Directiva, en marzo de 2011, esta vez por mandato estatutario, la Directiva de mi Club convoca elecciones. Lo hace con una convocatoria en la que el Calendario Electoral incumple con el Reglamento que desarrolla nuestro Estatuto.
Debido a esta irregularidad, también por primera vez en la larga historia de mi Club, la elecciones se impugnan ante la Junta Electoral de mi Club por el Calendario propuesto, y por ello las elecciones, impugnaciones que caen en saco roto ante tal organismo. Por ello, y también por primera vez en nuestra historia societaria de mi Club, se acude al Juzgado, donde se impugnan judicialmente.
En esta ocasión la impugnación es aceptada, suspendiéndose las elecciones efectuadas en marzo de 2011.
Ante esta decisión Judicial, la Directiva que salió de las elecciones impugnadas, recurre la sentencias ante la Audiencia Provincias, lo que también tiene lugar por primera vez en la historia de mi Club.
Ante este recurso presentado ante ella, la Audiencia dicta sentencia, esta vez irrevocable, en ella ratifica la sentencia del Juzgado, con ello es la primera vez en la larga existencia de mi club de que una Directiva es Cesada por mandato Judicial en sentencia firme e inapelable.
A partir de este momento se suceden en mi Club situaciones esperpénticas, producidas por la Directiva que lleva más de dos décadas al frente de mi Club, tales como el Autonombramiento de la Directiva Cesada en Junta Gestora en una Asamblea General Ordinaria sin poderes para ello, lo que también es la primera vez en la larga vida de mi Club que este hecho insólito tiene lugar.
Si esto fuese poco para mi Club, también por primera vez en la existencia de mi Club, se convoca en nombre de la Asamblea General una Asamblea General Extraordinaria para convocar elecciones incumpliéndose una vez más los Estatutos de mi Club.
En la Asamblea General Extraordinaria celebrada bajo esta esperpéntica forma de convocatoria, se convocan elecciones, pero por primera vez en el largo devenir de mi Club no se nombra la Mesa Electoral, pieza fundamental para la celebración de este tipo de acciones electorales, eso si se nombra Junta Electoral y Junta Gestora.
Ante esta situación anómala e ilegal, la convocatoria es impugnada ante la Junta Electoral, la que una vez más ignora estas. Ello obliga a recurrir ante la Federación Cántabra de Vela, la que por primera vez en la historia de mi Club y en la de ella misma, anula las elecciones en su resolución del 24 de mayo de 2013 la que dice:
“Ante las irregularidades que se observan en la tramitación del Proceso electoral, estimar el recurso de Impugnación presentado contra la resolución del la Junta Electoral de fecha 18 de mayo de 2013, declarando dejar sin efecto la resolución de la Junta Electoral, el nombramiento de la Junta Gestora realizado en la Asamblea General Ordinaria de fecha 25 de Abril de 2013, asi como la Convocatoria de la Asamblea Ge3neral Extraordinaria de fecha 14 de mayo de 2013, debiendo procederse, en aras a la mayor transparencia y fiabilidad del proceso, a convocar nuevamente Elecciones ajustándose al procedimiento regulado en los Estatutos y Reglamento del Real Club Marítimo de Santander”
Para rizar el Rizo, el Presidente Cesado Judicialmente de su mandato, pero que a la vez formaba parte de la Directiva de la Real Federación Española de Vela como Vicepresidente de la Misma, se convierte en colaborador necesario para firmar el día 21 de septiembre de 2012 un Autocontrato al, en aquellos momentos, Presidente del la RFEV, al que le quedaban 6 días de mandato cuando se firmo el contrato, el que para más inri realizaron blindado, contrato que tenía por objeto el nombrar al Presidente de la RFEV Director de Mundial de Vela Santander 2014, y el que comienza:
“De una parte, la REAL FEDRACION ESPAÑOLA DE VELA, con FIC Q2878043-E, con domicilio en Madrid, calle de Luis de Salazar 9 (en adelante denominada la “RFEV”, representada por don Pedro Labat Escalante, en su condición de Vicepresidente de la misma, haciendo uso de las facultades que le fueron otorgadas por acuerdo del Comité Ejecutivo de la referida federación deportiva en reunión celebrada el día 21 de septiembre de 2012, y que fue ratificado por su Junta Directiva, en la sesión celebrada en esa misma fecha”
Como no podía ser menos el nuevo Presidente de la RFEV salido de las elecciones que convoco el hoy autocontratado Ex Presiente, no acepto el auto contrato firmado de esta manera, y no dio de alta al trabajador autocontratado por su Vicepresidente el día 21 de septiembre de 2012 (Presidente del RCMS cesado judicialmente)
Ante esta situación el trabajador autocontratado acude al ORECLA denunciando el incumplimiento del contrato firmado, alno llegar a un acuerdo en ese acto, lleva a la RFEV al Juzgado de lo Social por incumplimiento de contrato, el que después de la vista del juicio en el que las parte presentan sus pruebas y alegaciones, emite la sentencias 232/2013 en la que entre otras cosas dice cosas tan fuertes como las siguientes:
“debe destacarse en este momento que no ha quedado acreditado que s elevara a cabo ningún tipo de reunión del Comité Ejecutivo el mismo día 210912, otorgando poderes al sr. Labat para suscribir el contrato del sr. Pombo como Director General del Campeonato del Mundo de las Clases Olímpicas ISAF Santander 2014, dado que el documento presentado ene folio 27 carece de toda firma, y el sr. Munilla en el citado, ha desmentido dicha realidad con toda contundencia –lo que puede derivar en otra línea judicial-. Y tampoco ha quedado acreditado que fuera ratificado por la Junta Directiva, tal y como dice el contrato de trabajo firmado, dado que ninguna acta, ni testigo se ha aportado en este sentido”.
“La RFEV sostiene la nulidad del dicho contrato por ser una autocontratación firmada por quien no podía hacerlos, y estar prohibidos los contratos blindados sin autorización del Consejo Superior de Deportes”.
“La decisión del Presidente de la RFEV – sr. Pombo – o de la Junta Directiva de la RFEV – que designaba y presidia el sr. Pombo – de contratar al ser. Pombo como Director General del Campeonato del Mundo de Clases Olímpicas ISAF Santander 2014, no fue más que una autocontratación con intereses propios.”
“El sr. Pombo sabia, que iniciado el proceso electoral en septiembre de 2012, a finales de año entraría otra Presidencia de la RFEV, que podía tener otros candidatos para el trabajo a desempeñar los años 2013 y 2014”
“nadie puede contratar a nombre de otro, sin estar pe este autorizado, lo que conlleva la nulidad correspondiente por falta de consentimiento valido”
“El autor intento evitar la autocontratación que suponía firmar el como representante de la RFEV, su contratación como Director General del Campeonato del Mundo de Clases Olímpicas ISAF Santander 2014, mediante el apoderamiento del Vicepresidente – sr. Labat - , y así se este quien representara a la RFEV. Pero lo cierto es que tal apoderamiento por acuerdo del Comité Ejecutivo (tal y como exige el art. 27 in fine de los Estatutos de la RFEV), no existió, como se ha declarado ya en el fundamento jurídico primero. Y tampoco existió su ratificación por la Junta Directiva, que es la que tiene la competencia para conferir poderes a favor de cualquier persona (art. 27-c) en relación con el 27 in fine. Por consiguiente, el sr. Labat carecía de todo apoderamiento para firmar el contrato firmado el día 210912 con el sr. Pombo, y por tanto el contrato también es nulo de pleno derecho.”
En estos momentos mi Club , como consecuencia de las acciones realizadas por las Directiva cesada Judicialmente, se encuentra con una Junta Gestora salida de una Asamblea General Extraordinaria invalida, y por tanto sin legitimidad alguna, y con las elecciones suspendidas, de momento sine die.
Todo esto es lo que ha ocurrido por primera vez en mi Club. Todo ello creado desde dentro, además por la Directiva que desde hacen más de dos décadas está al frente del mismo.
Cuando las agresiones eran externas mi Club salió siempre fortalecido, pero cuando las agresiones provienen de dentro, esto es imposible, y el que sale perdiendo no somos los Socios, es, ni más ni menos, el REAL CLUB MARITIMO DE SANTANDER, Club en el que soy la cuarta generación de mi familia que forma parte del mismo.
E.O.G.S.L.
http://www.masmar.net/esl/Náutica/Clubes-Puertos-Dep/La-federacion-cantabra-de-vela-suspende-las-elecciones-del-RCMS
La federacion cantabra de vela suspende las elecciones del RCMS
27 mayo 2013 12:44:04
En el añ0 2011, se celebraron elecciones a la Junta Directiva en el RCMS, las que fueron impugnadas por un grave defecto en la convocatoria, la que obviaba completamente el reglamento Electoral recogido en los estatutos del Club.
Esto se realizo primero ante la Junta Electoral del RCMS, la que rechazo todas y cada una de las impugnaciones que la presentaron, eso sin fundamento alguno. Ante esta sinrazón se acudió, con las resoluciones evacuadas por la Junta Electoral de 2011, a las autoridades deportivas Cántabras en recurso de Amparo y de acuerdo con lo que los Estatutos del RCMS determinan para estos casos. Autoridades, las que debían velar por el justo desarrollo de las elecciones, pero ant4e estos recursos la Federación Cántabra de Vela resolvió de la manera más absurda, rechazo el recurso presentado ante ella, en base, nada más, y nada menos, que la siguiente conclusiones incluida en los “Fundamentos de Derecho” que amparan su resolución “SE ENTIENDE QUE LOS REGLAMENTOS NO SON ESTRICTAMENTE NECESARIOS PARA LA CONVOCATORIA Y CELEBRACIÓN DE ELECCIONES, EL INTERÉS QUE REALMENTE COBRA RELEVANCIA EN ESTE INCIDENTE NO ES TANTO SI LA CONVOCATORIA HA SIDO ADECUADAMENTE PUBLICADA, SINO SI EL CONTENIDO DE LA MISMA ES CONFORME A LA COSTUMBRE, LOS ESTATUTOS Y LAS LEYES”, además remata sus “Fundamentos de Derecho” con la siguiente frase, incluida también en ellos para aquella resolución “EL RECURRENTE, NO HA ALEGADO NI APORTADO DATO ALGUNO REFERENTE A UNA POSIBLE IRREGULARIDAD SUSTANTIVA”.
En base a estos “Fundamentos de Derecho” la Federación Cántabra de Vela, el día 18 de abril de 2011 resuelve: “ DESESTIMAR LA IMPUGNACIÓN PRESENTADA CONTRA LA IMPUGNACIÓN DICTADA POR LA JUNTA ELECTORAL DEL REAL CLUB MARÍTIMO DE SANTANDER”
Ante este cumulo de insensateces recogidas en las resoluciones, tanto de la Junta Electoral del RCMS, como de la FVC, se acudió a la Justicia ordinaria, solicitando ante ella la anulación de las elecciones convocadas bajo un Calendario Electoral que vulneraba los derechos de los Socios. Esta demanda fue aceptada a trámite, y el día 27 de enero de 2012, el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santander evacuo la Sentencia 24/2012, en la que se declara nulo el punto 4º del acuerdo adoptado por la asamblea General Extraordinaria del Real Club Marítimo de Santander por el que se aprueba el calendario electoral para la elección de nueva Junta Directiva, así como el proceso de elección de dicha Junta, además impone las constas al RCMS.
Al no estar la Junta Directiva del RCMS conforme con ella, presentan ante ese Juzgado un Recurso de Apelación, el que resuelve la Audiencia Provincial Sección 4º de Cantabria en su sentencia Firme e inapeable la que evacua el 22 de abril de 2013, en su Sentencia 182/2013, por la que resuelve: “Debemos desestimar y desestimamos íntegramente el recurso de apelación interpuesto por la ASOCIACIÓN DEPORTIVA REAL CLUB MARÍTIMO DE SANTANDER contra la ya citada sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº6 de Santander, que debemos confirmar y confirmamos en todas sus partes, con imposición de costas de esta alzada a la parte recurrente.”
Esta sentencia se conoce horas antes de la celebración de una Asamblea General Ordinaria del RCMS convocada para el día 25 de abril de 2013, por lo que se advierte, antes de la celebración de la Asamblea, a la Junta Directiva, JUDICIALMENTE CESADA, por sentencia firme, e inapelable el día 22 de abril, de que no está legitimada para dirigir la misma.
A pesar de esto, la Junta Directiva, la que se acababa de enterar de que había sido CESADA JUDICIALMENTE hacia tres días, se constituye en esa Asamblea General Ordinaria, contra toda Norma Estatutaria para poder hacerlo, en Junta Gestora, realizando sin más la citada Asamblea, la que fue impugnada en aquel momento.
En ella, de forma irregular, vulnerando, una vez más, los Estatutos del Club, convoca una Asamblea General Extraordinaria para el día 14 de MAYO DE 2013, para convocar elecciones a la Junta Directica del Club.
Esta se celebra bajo la dirección de la Junta Gestora autonombrada en la Asamblea Ordinaria del pasado día 25 de abril.
En la misma uno de los asistentes comunica a la Asamblea su decisión de Presentarse a los comicios, al tener una amplia mayoría de socios que avalan su presentación y en base a unas conversaciones mantenidas con el Presidente de la, auto nombrada, Junta Gestora, el que en conversaciones, esas misma semana, le ha asegurado que de presentarse otra candidatura avalada por los Socios necesarios para ello, él no se presentaría a la reelección.
Una vez más, los convocantes de la Asamblea General Extraordinaria del 14 de mayo de 2013, la autonombrada Junta Gestora, incumple flagrantemente las Normas Electorales amparadas por los Estatutos, y además de presidir la Asamblea de forma irregular, en la Urna en la se tienen que introducir los nombres de todos componentes de la Asamblea, para de entre ellos escoger a los 5 miembros que compondrán la Junta Electoral, solo introducen los nombre de los presentes en la Asamblea. Con relación al Nombramiento de la Junta Gestora que debe hacerse cargo del Club durante el periodo electoral, esta se hace por propuesta de los distintos cargos, Presidente, Secretario, etc., sin que haya votación entre ellos para determinar estos. Lo que riza el rizo en esta Asamblea del día 14 de mayo de 2013, es que se obvie el punto del Orden del Día de la misma que tenía que nombrar a la Mesa Electoral, la que no por este motivo, fue nombrada, y por lo tanto las convocatoria de las elecciones salida de dicha Asamblea, carecía de algo, tan básico, fundamental e imprescindible para unas elecciones democráticas, como es, una Mesa Electoral.
En fin por ante este cumulo de irregularidades y como consecuencia de un Recurso de Impugnación presentado ante la Federación Cántabra de Vela, como consecuencia de una Resolución de la Junta Electoral del RCMS a una impugnación presentada ante ella por todos estos motivos.
En esta ocasión, la Federación Cántabra de Vela, dentro del plazo que los Estatutos el RCMS la dan para ello, evacua en el día de ayer, 24 de mayo de 2013 la siguiente Resolución: “Ante las irregularidades que se observan en la tramitación del Proceso electoral, estimar el recurso de impugnación presentado contra la resolución de la Junta Electoral de fecha 18 de mayo de 2013, declarando dejar sin efecto: la resolución de la Junta Electoral, el nombramiento de la Junta Gestora realizado en la Asamblea General Ordinaria de fecha 25 de Abril de 2013, asi como la Convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria de fecha 14 de mayo de 2013, debiendo procederse, en aras a la mayor trasparencia y fiabilidad en el proceso, a convocar nuevamente Elecciones ajustándose al procedimiento regulado en los Estatutos y Reglamento del real Club Marítimo de Santander” .
J.F.M.J