La RFEP y Enrique Prendes alcanzan un acuerdo extrajudicial tras 5 años de litigios
La RFEP ha hecho público un comunicado oficial esta mañana informando de que ha alcanzado un acuerdo con Enrique Prendes, Responsable de Comunicación de la RFEP y Coordinador del proyecto de gestión de patrocinios "Los 16 de Brasil 2016" para la RFEP hasta febrero de 2017, con el que se pone fin al procedimiento judicial que este promovió hace 5 años, reclamando por vía judicial un importe total de 81.000 € por trabajos realizados para la RFEP durante el ciclo olímpico Río 2016, un acuerdo que fue ratificado por la Junta Directiva el pasado 26 de mayo de 2022.
Con la firma de este acuerdo la RFEP reconoce la existencia de un contrato de prestación de servicios de comunicación con Enrique Prendes Fernández, y la mercantil Quickcom, de servicios de comunicación empresarial de muy diversa índole (prensa, comunicación audiovisual e imagen, organización de eventos, etc) y de gestión de patrocinios para la Real Federación Española de Piragüismo, que no habían sido liquidados convenientemente.
La RFEP presidida por Javier Hernanz, cualesquiera que fueran las discrepancias con anteriores equipos directivos de la propia federación, reconoce que Enrique Prendes a través de su empresa Quickcom ha realizado una labor profesional valiosa y destacada para la RFEP, encaminada a la promoción y desarrollo del piragüismo español.
Conforme al acuerdo alcanzado por las partes, que incluye una cláusula de confidencialidad, se pacta a la firma del mismo la resolución de la resolución de la relación profesional entre las partes y se establece una indemnización para la parte demandante por la resolución del citado contrato de prestación de servicios que vinculaba a Enrique Prendes con la RFEP.
Con la firma de este acuerdo extrajudicial, que se llevó a efecto el pasado jueves 2 de junio de 2022 en la sede de la RFEP, se da también por finalizado el periplo judicial que se inició en abril de 2017 y ambas partes se comprometen a desistir de todos los procedimientos judiciales pasados y presentes, comprometiéndose a solicitar al juzgado el archivo del procedimiento en curso, por transacción extrajudicial, renunciando a cualquier acción que pudiera derivarse de los hechos que eran objeto del procedimiento judicial de referencia.
El pasado 7 de abril de 2022 en reunión celebrada en la sede de la RFEP en Madrid el actual presidente de la RFEP Javier Hernanz y Enrique Prendes alcanzaron un principio de acuerdo para la resolución extrajudicial del pleito interpuesto por Prendes en junio de 2017, relacionado con el proyecto "los 16 de Brasil 2016". El acuerdo pactado entonces fue ratificado por la junta directiva de la RFEP el pasado 26 de mayo de 2022 y rubricado por ambas partes en sede federativa el pasado 2 de junio, poniendo fin a un litigio que ha llevado aparejado un periplo judicial muy intenso durante más de 5 años.
Un acuerdo extrajudicial, con cláusula de confidencialidad, que hasta la llegada de Hernanz a la presidencia parecía imposible satisfactorio para ambas partes y que tiene su origen en la estrecha relación profesional que ha unido durante más de una década al actual presidente de la RFEP con Prendes. Hernanz fue uno de los componentes del equipo olímpico de "los 16 de Brasil 2016" que participó en los JJOO de Río 2016 y como tal protagonista y conocedor directo del vinculo profesional de Prendes con la RFEP, de la importancia del proyecto para para la participación del piragüismo español en los JJOO de Río 16 y también del trabajo efectivamente desarrollado por él demandante en ese ciclo olímpico. Un vínculo que se retrotrae a muchos años atrás, ya que ambos vivieron sus primeros JJOO en Atenas 2004 y desde entonces hasta los JJOO de Río 2016, cada uno en su ámbito profesional, han compartido los ciclos olímpicos de Pekín 2008 y Londres 2012, además del de Río 2016.
El acuerdo alcanzado parte del reconocimiento expreso por parte de la RFEP de la existencia de un vinculo contractual con Enrique Prendes como responsable de Comunicación e imagen de la RFEP desde octubre de 2009 hasta diciembre de 2016, un vinculo que era el argumento central de la demanda presentada y que la RFEP presidida por Román Mangas no reconocía. Bajo su presidencia Prendes gestionó primero desde 2009 el gabinete de comunicación de la RFEP "Objetivo JJOO de Londres 2012" y diseñó después el proyecto olímpico de captación de patrocinios ‘Los 16 de Brasil 2016’, que fue presentado en octubre de 2013 en el CSD, asumiendo desde entonces las funciones de Coordinador del Proyecto Olímpico ‘Los 16 de Brasil 2016’ y de Responsable del Gabinete de Captación y Gestión de Patrocinios de este proyecto.
Se pone de manifiesto como parte integral del acuerdo que resulta del interés de ambas partes resolver de mutuo acuerdo sus relaciones contractuales en el momento en que se firma este acuerdo. Hasta la fecha de la firma del mismo QuickCom tenía interpuesta una demanda de reclamación de cantidad contra la Real Federación Española de Piragüismo seguida bajo los autos 731/2017 en el juzgado de 1ª instancia nº 5 de Madrid. El periodista vigués demandó en 2017 a la RFEP por el impago de un total de 81.172 euros vinculados a impagos derivados de la prestación de servicios de comunicación relacionados con el proyecto de la RFEP "Los 16 de Brasil 2016". El importe reclamado era relativo a gastos anticipados, servicios de comunicación, imagen y gestión de patrocinios de las temporadas 2014, 2015 y 2016 prestados por Prendes, Quickcom y terceros proveedores de Quickcom que no fueron abonados como estaba convenido por la RFEP, así como otros importes relativos a comisiones por gestión de patrocinios adeudados y otro porcentaje en concepto de indemnización por daños y perjuicios.
En el comunicado publicado por la RFEP se pone de manifiesto que la RFEP, cualesquiera que fueran las discrepancias con anteriores equipos directivos de la federación, reconoce que Enrique Prendes ha realizado una labor profesional muy destacable y valiosa tanto para la RFEP como institución, como para la promoción y desarrollo del piragüismo español. Conforme al acuerdo alcanzado por las partes se establece una indemnización para Prendes, cuyo importe está sujeto a la cláusula de confidencialidad, que tiene causa en la resolución del citado contrato de prestación de servicios profesionales de comunicación e imagen y de gestión de patrocinios del proyecto Los 16 de Brasil 2016 para la RFEP, un proyecto que fue diseñado y coordinado por Enrique Prendes y ejecutado a través Quickcom.
"Los 16 de Brasil 2016": El primer proyecto de captación de patrocinios privados subvencionado por el CSD
La RFEP fue la mejor federación olímpica en los JJOO Río 2016, logrando 3 medallas de oro y una de bronce, los mejores resultados de la historia de nuestro deporte y de una federación olímpica en unos JJOO. De la misma manera debe destacarse que además del éxito deportivo la ejecución del proyecto "Los 16 de Brasil 2016" de captación de patrocinios alcanzó también de manera destacada los objetivos económicos deseados, pasando de 0€ en 2012 por aportaciones de patrocinios privados a la RFEP, a completar el ciclo olímpico Río 2016 con la captación de patrocinios privados por un importe superior a 600.000 € que la RFEP ha ingresado en ese periodo por la mediación y gestión directa o indirecta de Quickcom en la negociación y captación de los mismos.
Hasta llegar a este acuerdo un largo periplo judicial para Prendes desde abril de 2017 con las demandas penales interpuestas por la RFEP presidida por Román Mangas y sustentadas en falsas acusaciones.
El desencuentro entre el entonces presidente de la RFEP Juan José Román Mangas y su responsable de comunicación e imagen durante 7 años, Enrique Prendes, guiado por una muy estrecha relación profesional desde 2009, se empieza a fragmentar el 19 de diciembre de 2019 finalizada una reunión celebrada en Zamora de la que surge dos días después, el 22 de diciembre de 2016, un primer comunicado de la RFEP que anticipa una resolución anticipada de la relación profesional entre ambos que se materializa el 7 febrero de 2017 con otro comunicado que resuelve injustificadamente el contrato que vinculaba a ambos. El 19 de febrero Roman Mangas y Prendes se reunieron por última vez en sede federativa sin alcanzar un acuerdo, lo que derivó en una sucesión de demandas penales injustificadas de la RFEP, como quedó acreditado posteriormente en vía judicial, cuyo unico objetivo fue dilatar en el tiempo la celebración del juicio es causa de este acuerdo.
En este periodo de tiempo Prendes fue absuelto en dos ocasiones: de un delito de apropiación indebida y coacciones primero, y de un delito de estafa y falsedad documental después. Hay que tener presente que quedó acreditado que las demandas penales interpuestas por la RFEP presidida por Román Mangas contra Enrique Prendes en 2017 y 2019 se sustentaban en argumentos que quedaron desacreditados en sede judicial, basadas en un relato incierto de la vinculación profesional de Prendes y Quickcom con la RFEP, al tiempo que inexacto en la descripción de los hechos, como se desprende y queda constatado en las sentencias judiciales absolutorias dictadas en todas las instancias y con todos los pronunciamientos favorables, que buscaban además de dilatar el proceso administrativo instado por Prendes dañar su imagen profesional.
Hay que tener en cuenta que la RFEP en la primera demanda penal vinculada a una supuesta apropiación indebida de la página de facebook de la RFEP por Prendes, pedía 2 años de cárcel y 40.000 € de indemnización por un delito de daños informáticos y otro de coacciones. Prendes fue absuelto con todos los pronunciamientos favorables y en el juicio quedó acreditado que la RFEP era la única responsable de lo ocurrido y de sus consecuencias de su errático proceder, y que Prendes actuó en todo momento correctamente y conforme a la ley.
También tuvo Prendes que responder incluso en última instancia ante la Audiencia provincial de Madrid por un supuesto delito de Estafa Procesal en concurrencia con Falsedad Documental, por el que le reclamaban 3 años y 9 meses de cárcel y 10.000 € de indemnización y que supuso que estuviera en libertada condicional bajo fianza durante 2 años. En el juicio con sentencia de 4 de mayo de 2021 quedó acreditado por los jueces que la acusación amparó toda su demanda en un informe que no tiene validez legal ninguna, que el autor del informe en la vista oral llego a reconocer que los datos del presupuesto supuestamente falso eran reales y que los había aportado él, y que el reportaje y el spot habían sido realmente realizados. En definitiva que el testimonio de la acusación vino a acreditar lo contrario de lo que pretendía acreditar, que el presupuesto no era falso. Además en su declaración el presidente de la RFEP Román Mangas reconoció expresamente que solicitó una subvención al CSD respaldada en ese presupuesto que el mismo tachaba de falso, por lo que el juez descalificó la conducta del presidente en estos términos "Siendo contradictorio e incoherente que se mantenga la falsedad del documento por no responder lo consignado en el mismo con la realidad de las cosas y que se solicite una ayuda para realizar la actividad a la que se refiere"
Hernanz gana una moción de censura en noviembre de 2021 y es elegido presidente de la RFEP
Con fecha de 4 de mayo de 2021 se dictaba la última de las 6 sentencias absolutorias, favorables con todos los pronunciamientos, en favor de Enrique Prendes como respuesta a las infundadas demandas interpuestas por la RFEP presidida por Roman Mangas. Una vez completado el recorrido judicial de las demandas penales presentadas por la RFEP que suspendieron durante 5 años la celebración de la demanda interpuesta por Prendes se fijó la audiencia previa para el 16 de noviembre en el juzgado de instrucción número 5 de Madrid. Pero la coincidencia de fechas con la inesperada moción de censura presentada por Javier Hernanz determinó que las partes y el juez coincidieran en aplazar la vista dada la situación de interinidad de la presidencia de la RFEP.
La moción de censura determinó la llegada de Javier Hernanz a la presidencia en noviembre de 2021 y con ella se abrió la posibilidad de llegar a un acuerdo extrajudicial entre las partes, que se llevó a efecto el pasado 2 de junio de 2022 en la sede de la RFEP, y que pone fin al periplo judicial que se inició en abril de 2017. Con la firma de este acuerdo ambas partes se comprometen a desistir de todos los procedimientos judiciales pasados y presentes, comprometiéndose a solicitar al juzgado el archivo del único procedimiento judicial vigente en ese momento, que es el Procedimiento Ordinario 731/2017, seguido ante el Juzgado de Primera nº 5 de Madrid, que referencia este escrito. Y respecto al cual las Partes se comprometen a solicitar el archivo del procedimiento, por transacción extrajudicial, renunciando a cualquier acción que pudiera derivarse de los hechos que eran objeto del procedimiento judicial referido, zanjando definitivamente el mismo sin que nada tengan que reclamarse por causa de las relaciones contractuales entre Quickcom como sociedad mercantil, Enrique Prendes como persona física y la Real Federación Española de Piragüismo.