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ARTURO LE CANTA LAS CUARENTA A CARDENAL. ARTICULO DE JAUME SOLER

Esta es la cuarta carta que Arturo Delgado envia a Miguel Cardenal, Secretario de Estado para el Deporte, hasta ahora este se ha puesto de perfil y mirado hacia otra parte, a partir de las dos ultimas cartas enviadas esta posicion del SED no se sostien, o actua o se marcha.

Articulo publicado en el Blog de Jaume Soler el 17 de junio de 2013.

http://elblogdejaumesoler.blogspot.com.es/2013/06/arturo-le-canta-las-cuarenta-cardenal.html

17/06/2013

Arturo le canta las cuarenta a Cardenal

El ex presidente de la RFEV, Arturo Delgado, sigue con su cruzada para que se aclare la decadente situación a la que ha llegado la vela española y que está contando con el visto bueno del Consejo Superior de Deportes con su secretario de estado, Miguel Cardenal, al frente. Después de varios intercambios de misivas, Delgado ha decidido entrar a la acción y directamente ha cantado las cuarenta a Cardenal, en una carta remitida el pasado viernes y que ya debe tener en su poder el máximo responsable del deporte en España. Me imagino que Cardenal no estará acostumbrado a que nadie le haga unas afirmaciones y preguntas tan directas y contundentes como las que le hace Delgado en la carta que reproduzco a continuación.

Islantilla, 14 de junio de 2013

Ilmº Señor Don Miguel Ángel Cardenal CarroSecretario de Estado para el Deporte Consejo Superior de DeportesC/ Martín Fierro, s/n (Ciudad Universitaria)28048 MADRIDSr. Secretario de Estado,Como Vd. comprenderá sus dos contestaciones a mis tres cartas anteriores no me ha satisfecho en absoluto, pero tampoco han caído en el baúl de los olvidos. Pero sobre mis anteriores cartas ya tendrá Vd. noticias mías por otro conducto que espero sea más favorable a mis desoídas denuncias ante Vd.Resulta que coincidiendo en el tiempo, me entero de la resolución que Vd. le ha dado a Don Jose Fcº García de Soto, deportista olímpico, ex Presidente de la Federación Cántabra de Vela y ex miembro de la Jtª Directiva del R. C. Marítimo de Santander, a su denuncia sobre la extralimitación de facultades del Sr. Pombo, ex Presidente de la RFEV, cuando estaba en funciones de Presidente de la Junta Gestora durante el periodo electoral, como era por otro tanto de esperar, pues así nos tiene acostumbrados ese organismo, desestimatoria.Sin embargo, lo realmente grave no es solo que no se haya ejercido la potestad sancionadora que compete a ese CSD, si no la justificación que se da a esa inactividad, que no deja de ser más propia de un país bananero que de un país en el que debe impere la Ley y el Estado de Derecho.Algo debe de estar funcionado muy mal en ese CSD cuándo Ud. emite una resolución de ese cariz, en el que afirma que la autorización preceptiva de la inversión que se impone por norma estatutaria y por imperativo legal, tanto de la Ley de Deporte como del Real Decreto 2195 /2004, de 25 de noviembre, por el que se regula la estructura orgánica y las funciones del Consejo Superior de Deportes, se puede otorgar de forma tácita por ese organismo, desconociendo toda norma procedimental y de control establecida. A mayor abundamiento, no se explica realmente que el CSD haya autorizado semejante inversión, aun de forma tácita, mediante lo que Ud. califica en su resolución como “no desautorización”.Aun cuando fuera válido ese procedimiento, que a mi parecer no lo es, pues resulta un total despropósito, resultaría igualmente grave que se hubiera concedido dicha autorización sin una memoria económica que justificara la obtención de la autorización, máxime teniendo en consideración la gravísima situación financiera de la institución federativa, confirmada por las Cuentas del 2012 que han sido aprobadas el día 8 de Junio por la Asamblea General Ordinaria y que implican la quiebra técnica de la RFEV.Si unimos ambas cuestiones, es indudable que su responsabilidad política es incuestionable, pues la dejación de funciones en que ha incurrido ese CSD es flagrante: si se considera que no se ha autorizado, por no incoar expediente sancionador al anterior Presidente de la RFEV; si se considera que ha mediado autorización, o según su expresión (mejor dicho, despropósito) “no desautorización”, por haber comprometido a la RFEV a soportar una carga financiera que es imposible que pueda asumir.En ese sentido, le informo que según la información recabada en la Asamblea, a la RFEV le han cancelado las pólizas de crédito, no tiene tesorería para afrontar siquiera los pagos más inmediatos, su patrimonio se ha visto reducido en casi un 50% en un solo ejercicio. ¿Cómo es posible que en semejante situación se haya “no desautorizado” semejante inversión? ¿Puede concretarme quién ha sido el inapto que ha “no desautorizado” la misma?¿Puede Ud. explicar por qué ese CSD ha hecho público a través de una resolución de un expediente disciplinario su decisión de no participar en la financiación del Mundial de Vela 2014, según ha venido reflejado en la prensa cántabra? ¿Es consciente ese CSD de la situación en que coloca financieramente a la RFEV con esta decisión?¿Es de recibo que ese CSD haya incitado a la RFEV, con el cebo de la cofinanciación, a acometer la realización de infraestructuras que se ha denunciado reiteradamente y hasta la saciedad que son innecesarias, para luego abstenerse de participar financieramente, incumpliendo los compromisos previos existentes no solo con la entidad federativa si no también con el Ayuntamiento de Santander?¿Puede Ud. explicar públicamente por qué el actual Presidente ha afirmado en la Asamblea de la RFEV que se le ha indicado por parte del CSD que no inicie expediente alguno sancionador contra el Sr. POMBO? ¿Procede esa instrucción de Ud. o del Director General de Deportes, el Sr. Barba?Qué juicio le merece a Ud. el hecho de que un Juzgado de lo Social ha declarado recientemente en sentencia nulo el contrato de trabajo del Sr. POMBO, por el que iba a percibir una retribución bruta de 120.000.- € en dos años, porque considera que se autocontrató, que mediaba un evidente conflicto de intereses y que, finalmente, se firmó por persona no autorizada por los órganos de gobierno de la RFEV? ¿No son estos hechos lo suficientemente graves como para que se incoe un expediente sancionador, anto al empleado, Sr. POMBO, como al empleador, Sr. LABAT?La sentencia aludida, por si no ha tenido acceso a ella, lo cual dudo, y que le adjunto como copia, recoge en sus fundamentos jurídicos, en concreto en el primero de ellos, lo siguiente:Los hechos declarados probados han quedado plenamente acreditados por la prueba practicada apreciada en su globalidad, y en particular por la común convicción de estar ante cuestiones básicamente jurídicas. Ello no obstante debe destacarse en este momento ex art.97-2 L.R.J.S., que no ha quedado acreditado que se llevara a cabo ningún tipo de reunión del Comité Ejecutivo el mismo dia 21-9-12, otorgando poderes al sr. Labat para suscribir el contrato del sr. Pombo como Director General del Campeonato del Mundo de Clases Olímpicas I.S.A.F. Santander 2014, dado que el documento presentado en el folio 27 carece de toda firma, y el sr. Munilla en él citado, ha desmentido dicha realidad con toda contundencia -lo que puede derivar en otra línea judicial-. Y tampoco ha quedado acreditado que fuera ratificado por la Junta Directiva, tal y como dice el contrato de trabajo firmado, dado que ninguna acta, ni testigo se ha aportado en este sentido. Por último, y en igual sentido negativo, debe decirse que tampoco ha quedado acreditado que el actor prestara servicios en el mes de enero de 2013.Mucho más allá de la posible gravedad de los restantes fundamentos (autocontratación, conflicto de intereses, defectos de apoderamiento) que han llevado al Juzgador a declarar la nulidad de ese contrato laboral redactado para asegurar una jugosa retirada al Sr. Pombo tras su desastrosa gestión federativa, lo que sugiere ese párrafo, o al menos así deduzco gracias a mis exiguos conocimientos jurídicos, seguro que no tan precisos como los suyos, es que se ha perpetrado un delito en sede judicial.Todo lo expuesto hasta ahora me invita a requerirle a que haga las gestiones oportunas para que desde los órganos competentes de ese CSD se emprendan las acciones que se estimen adecuadas frente a este tamaño despropósito, el cual no se hubiera producido si ese organismo hubiera cumplido con sus funciones de tutela y control con la debida diligencia sobre la RFEV.Sin otro particular, y sin perder la esperanza de que ese organismo por una vez haga lo que por imperativo legal tiene obligación de hacer,

Arturo Delgado

Abogado

Ex presidente de la RFEV, la EUROSAF y vice-presidente de la ISAF