Marinas de Andalucía establece medidas en los puertos deportivos para la aplicación del Estado de Alarma
- Los responsables de los puertos podrán tomar la temperatura a las personas que acudan a los recintos
- Los ocupantes de los barcos amarrados tendrán las mismas limitaciones que el resto de los ciudadanos
La Asociación de Puertos Deportivos y Turísticos Marinas de Andalucía, en su calidad de miembro de la Federación Española de Asociaciones de Puertos Deportivos y Turísticos (FEAPDT) ha participado en una reunión extraordinaria telemática en la que se han adoptado una serie de medidas de aplicación en los recintos portuarios tras la declaración de Estado de Alarma decretada en el Real Decreto 463/2020. Estas medidas contribuyen a fijar criterios en aquellos aspectos no contemplados en el mencionado decreto para los puertos deportivos, según explica el presidente de Marinas de Andalucía, José Carlos Martín.
En este sentido, Martín ha querido señalar que la recomendación principal es que todos los propietarios de embarcaciones se queden en casa para evitar la propagación del Coronavirus, ya que el personal adscrito a los distintos puertos asociados continúa trabajando y velando por la seguridad de las embarcaciones amarradas. Asimismo, Martín ha querido transmitir un mensaje de solidaridad y apoyo con las personas afectadas y sus familiares.
Entre las medidas adoptadas que ya ha difundido la Federación de Asociaciones de Puertos Deportivos, se apunta que los varaderos no están afectados por la orden de suspensión de apertura de locales y establecimientos incluida en el Real Decreto 463/2020 por lo que no es obligado su cierre. No obstante, se recomienda prudencia y reducir su actividad al mínimo posible para casos de urgencia y necesidad con el objetivo de que se produzcan los menos contactos posibles.
Por otra parte, los trabajos realizados en los barcos amarrados en los puertos están autorizados por la legislación aplicable en el Estado de Alarma, pero se recomienda realizar solo las tareas urgentes e inaplazables, sin que sean permitidos otros trabajos para reducir al máximo la presencia de personas dentro de los puertos y evitar incidentes.
El trabajo en las oficinas situadas dentro de los puertos deportivos asociados se realiza por una sola persona y con los locales cerrados. Además, se ha facilitado el teletrabajo a todos los empleados que tengan funciones susceptibles de cumplirse por dicho medio. La recepción y la capitanía de los puertos permanecerán, en la medida de lo posible, cerradas al público presencialmente y la atención se producirá por internet o por teléfono.
Se permite el acceso a los puertos deportivos de las tripulaciones que trabajen en los barcos que tengan amarrados, pero intentando que no haya más de una persona en el barco, que los trabajos sean necesarios y que se observen las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.
Los ocupantes de los barcos amarrados en los puertos tendrán las mismas limitaciones que el resto de los ciudadanos, pudiendo salir de los barcos solamente para comprar comida, medicinas y todas aquellas salidas que autoriza el Real Decreto 463/2020.
Los responsables de los puertos podrán tomar la temperatura a todas las personas que entren en los puertos, ya sea a pie, en coche o por mar, a fin de proceder a las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias. Los puertos podrán admitir barcos en tránsito siempre y cuando sus ocupantes cumplan las obligaciones del resto de los ciudadanos, dando inmediata cuenta de la recalada a la Guardia Civil de Fronteras.
Desde Marinas de Andalucía se hace hincapié en que estas medidas tienen un carácter provisional ya que los miembros adheridos a la FEAPDT mantendrán reuniones periódicas para ir ajustando las medidas en función de las necesidades y de lo que establezcan las autoridades.