La UE mantiene, al menos hasta 2023, la exclusión del transporte marítimo del sistema europeo de comercio de emisiones de CO2
Para los navieros europeos esta decisión muestra la confianza de la UE en el desarrollo de una estrategia ambiciosa que está llevando a cabo la OMI
El sector del transporte marítimo finalmente continuará fuera del sistema europeo de Comercio de Derechos de Emisión de CO2 (Emissions Trading System, ETS) según un acuerdo alcanzado el pasado 8 de noviembre en las negociaciones entre Consejo, Parlamento y Comisión Europeos (trílogos). El texto acordado hace referencia al transporte marítimo en un ‘considerando’ pero no en el texto normativo. Se espera que el Comité de Representantes Permanentes (COREPER) apruebe todo el acuerdo tripartito posiblemente en esta misma semana.
En el proceso de revisión de la Directiva ETS de la UE, el sector naviero, representado por ECSA, pedía que no se hiciese referencia al transporte marítimo ni en el texto normativo ni en los considerandos, como hacía la Comisión Europea (CE) en su propuesta normativa. Por su parte, el Parlamento propuso en una enmienda que se indicase en un artículo que "en caso de que la OMI no adoptase medidas similares para 2020, el sistema de ETS europeo debería aplicarse al transporte marítimo desde 2020". Este texto habría sido incompatible y conflictivo con la hoja de ruta acordada en la OMI de adoptar una estrategia provisional en 2018 y medidas definitivas en 2023.
El texto que finalmente se ha incluido en el preámbulo de la revisión de dicha Directiva incluye el apoyo de la UE a los esfuerzos de la OMI para limitar las emisiones del transporte marítimo. Asimismo, encarga a la Comisión llevar a cabo “una revisión periódica de esta situación e informar al Parlamento Europeo y al Consejo al menos una vez al año sobre los progresos realizados en la OMI para alcanzar un ambicioso objetivo de reducción de emisiones (...) La acción de la OMI o la UE debería comenzar a partir de 2023, incluidos los trabajos preparatorios sobre adopción e implementación, y la debida consideración de todas las partes interesadas”.
Para dicha fecha la OMI deberá presentar sus medidas definitivas relativas al control de las emisiones de CO2 del sector. Esta decisión ofrece una mayor seguridad jurídica al sector naviero, ya que, si la OMI cumple el calendario establecido, el transporte marítimo no entrará en el ETS europeo. En caso contrario, los trabajos preparatorios comenzarían en 2023. También pone fin a las continuas presiones que hasta hoy día ha ejercido el Parlamento Europeo para su inclusión en el ETS europeo.
En declaraciones desde la Cumbre del Clima de Bonn, representantes de la Cámara Naviera Internacional (ICS) valoran esta decisión de forma favorable y creen que, “demuestra la confianza de las instituciones de la UE en el progreso actual en la OMI para desarrollar una estrategia ambiciosa (...) tan pronto como sea posible. Entendemos que la fecha acordada por la UE es coherente con los plazos acordados por los Estados miembros de la OMI”, añaden.
ICS considera que el acuerdo, “también supone un reconocimiento por las instituciones de la UE de que el comercio de derechos de emisión (ETS) es una herramienta inapropiada para el transporte marítimo. Habría un enorme riesgo de crear serias distorsiones del mercado y una gran carga administrativa (...)”.
Finalmente, ICS hace hincapié en la postura del sector naviero en contra de establecer medidas basadas en el mercado (Market Based Measures, MBM), pero que, “en caso de que éstas se incluyan dentro de la estrategia de la OMI, esta decisión de la UE hace que sea más probable que el tipo de MBM que podría explorarse sea una tasa mundial sobre el combustible”. Esta medida sería claramente preferible para la gran mayoría de los armadores frente a “la pesadilla que supondría implantar un ETS de ámbito regional”, concluye.