La OMI endurece los objetivos de descarbonización y buscará las cero emisiones netas del sector para 2050
Los Estados miembros de la Organización Marítima Internacional (OMI), reunidos en la 80ª sesión del Comité de Protección del Medio Marino (MEPC 80) adoptaron la semana pasada una Estrategia revisada para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) procedentes del transporte marítimo internacional, que incluye alcanzar las cero emisiones netas del sector en torno al año 2050.
Dicha estrategia revisada también contempla un compromiso para garantizar la adopción de combustibles alternativos con emisiones nulas y casi nulas de GEI para 2030, así como puntos de control indicativos para 2030 y 2040. Esta Estrategia fue adoptada por unanimidad.
Según dicha organización “la OMI mantiene su compromiso de reducir las emisiones de GEI procedentes del transporte marítimo internacional y, con carácter urgente, aspira a eliminarlas lo antes posible, promoviendo al mismo tiempo, en el contexto de la presente Estrategia, una transición justa y equitativa”.
La nueva Estrategia, que volverá a revisarse en 2028, incorpora los siguientes objetivos:
- Alcanzar las cero emisiones netas de Gases de Efecto Invernadero (GEI) procedentes de los buques para 2050 o en torno a esa fecha, lo que supone un importante aumento del nivel de ambición en comparación con la actual estrategia de 2018, que proponía reducir las emisiones absolutas del transporte marítimo en un 50% en esa fecha. Para conseguirlo, se han acordado una serie de objetivos intermedios, ambos en comparación con 2008: Reducir las emisiones absolutas al menos un 20% en 2030 (procurando llegar al 30%)
- Reducir las emisiones absolutas en un 70% en 2040 (procurando llegar al 80%).
- Las tecnologías, combustibles o fuentes de energía con emisiones de GEI nulas o casi nulas deberán representar, en 2030, al menos un 5% (procurando llegar al 10%) de la energía consumida por el transporte marítimo internacional.
- Comenzar los trabajos para definir dos nuevas medidas: una de carácter técnico que regule la reducción gradual de la intensidad de GEI de los combustibles marítimos (estándar de combustible);
- y una de mercado, que penalice económicamente las toneladas de carbono emitidas. El objetivo es adoptarlas en 2025 para su entrada en vigor a mediados de 2027.
Para la OMI estas medidas para la reducción de las emisiones de GEI a medio plazo deberán “promover eficazmente la transición energética del transporte marítimo y proporcionar a la flota mundial un incentivo necesario, contribuyendo al mismo tiempo a la igualdad de condiciones y a una transición justa y equitativa”.
Además, el MEPC 80 acordó:
- Un plan para revisar las medidas de reducción de GEI a corto plazo, el Indicador de Intensidad de Carbono (CII) y el Índice de Eficiencia Energética para buques Existentes (EEXI). El plan prevé una fase de recopilación de datos hasta el MEPC 82 en otoño de 2024 que una vez analizados podrían dar lugar a enmiendas a estas medidas en el MEPC 83 en verano de 2025. A pesar de que las principales asociaciones internacionales habían solicitado modificaciones en el CII para solucionar ciertas lagunas detectadas en determinados tipos de buques, el MEPC 80 acordó que hasta el MEPC 83 (primavera de 2025) no se aprobarán nuevos factores de corrección o ajustes por viaje al CII.
- Modificaciones al sistema de recopilación de datos de consumo de combustible (DCS), con nuevos datos de notificación obligatoria, entre otros, el trabajo de transporte en toneladas x milla, teu x milla o pasajeros x milla. Previsiblemente se adoptarán por el MEPC 81 (primavera de 2024) y entrarán en vigor en 2025.
- Una circular sobre cómo contabilizar el uso de biocombustibles a efectos del DCS y del CII, que entrará en vigor el 1 de octubre de 2023.
Se adoptaron las Directrices sobre la intensidad de GEI del ciclo de vida de los combustibles para uso marítimo (directrices LCA), que definen métodos para calcular las emisiones totales del pozo a la estela (well-to-wake), dividiéndolas en sus dos componentes: del pozo al tanque (well-to-tank) y del tanque a la estela (tank-to-wake) de cualquier combustible y fuente de energía a bordo.