Consejo y P.E. alcanzan un acuerdo, positivo para el sector marítimo, sobre la Directiva sobre contenido de azufre en los combustibles marinos
Consejo y Parlamento europeos alcanzan un acuerdo, positivo para el sector marítimo, sobre la Directiva sobre contenido de azufre en los combustibles marinos
Ayer, día 23 de mayo, el Comité de Representantes Permanente de los Estados miembros de la UE (COREPER) dio su visto bueno a los términos de un acuerdo con el Parlamento, en primera lectura, sobre la propuesta de modificación de la Directiva 2005/33 que regula el contenido de azufre en los combustibles marinos. El texto así acordado recoge todas las peticiones iniciales de ANAVE que, básicamente, se resumen en una: la no imposición de nueva normativa regional en Europa distinta de la acordada en el ámbito internacional (OMI).
Se mantienen sin embargo, tal y como habíamos aceptado, los dos aspectos concretos de la actual Directiva 2005/33 que van más allá de dicho Anexo y que ya se encuentran en vigor:
Un contenido máximo del 1,5% de azufre para los buques de pasaje que presten servicios regulares con puertos de la UE en navegación por las aguas territoriales y zona económica exclusiva de Estados UE, hasta el 1 de enero de 2020.
0,1% para todos los buques durante su estancia en puertos UE.
Como consecuencia, el contenido máximo de azufre de los combustibles marinos sufrirá las siguientes modificaciones en línea con la OMI:
En 2015 pasará, en las zonas de control de emisiones (ECAs), del 1,0% al 0,1%.
En 2020, con carácter general, pasará del 3,5% al 0,5%. Esta fecha en la nueva Directiva revisada será fija e independiente del estudio que tiene previsto llevar a cabo la OMI en 2018 para establecer la fecha en el ámbito internacional en 2020 o 2025. En la práctica, se espera que esto conduzca a que la OMI adopte también como definitiva la fecha de 2020.
La propuesta inicial de la Comisión (que en varios aspectos iba mucho más allá del Anexo VI) y la dura postura mantenida por los europarlamentarios europeos, que llegaron a proponer una ECA en toda Europa, preocuparon mucho al sector marítimo, porque podrían haber conducido a un transvase muy importante de la demanda al transporte por carretera, allí donde fuese una alternativa viable.
Con este acuerdo, la normativa europea quedará prácticamente alineada a la internacional, si bien, gracias a la exigencia de un límite de 0.1% de azufre en puerto, asegurará una protección adicional a la salud humana contra las emisiones de materia particulada (PM).
La nota de prensa del Consejo de la UE, que contiene algunos detalles adicionales, se puede descargar aquí: http://www.consilium.europa.eu/uedocs/cms_data/docs/pressdata/en/envir/130351.pdf