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El Ministerio de Fomento publica los servicios mínimos para la huelga de estiba

El Ministerio de Fomento publica los servicios mínimos para la huelga de estiba

Con motivo de la huelga de estibadores que se ha convocado durante las horas impares de los días 10, 13, 15, 17, 20, 22 y 24 de marzo, la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda del Ministerio de Fomento (MF) ha emitido una Resolución que establece los servicios mínimos. La misma indica que el hecho de que la huelga prevea un cese parcial de la actividad (horas impares) en días alternos, probablemente implique que los efectos prácticos de la huelga vayan más allá del 50% de la jornada laboral.

Para el puerto de Bilbao, en el que la huelga ha sido convocada para la totalidad de la jornada de los días indicados (no solo las horas impares), se ha emitido una resolución específica.

 

Los servicios mínimos establecidos por el MF incluyen:

 

  • El 100% de los servicios necesarios para garantizar:

 

  1. Las operaciones que afecten a mercancías perecederas o peligrosas, cuya permanencia en el puerto pueda representar un riesgo grave para las personas o instalaciones.
  2. El abastecimiento, la atención sanitaria y los suministros especiales y esenciales a los territorios insulares, Ceuta y Melilla (no aplicable en el Puerto de Bilbao).
  3. Las operaciones en buques mixtos, con objeto de no afectar al servicio de pasajeros de línea regular.
  4. La atención a situaciones de emergencia o siniestros en buques o mercancías.

 

  • El porcentaje necesario para garantizar un rendimiento no inferior al 50% del promedio del año natural anterior en jornada comparable (horario y tipo de mercancía - no aplicable en el Puerto de Bilbao).
  • El 50% del nombramiento que se demande a la SAGEP por las empresas licenciatarias del servicio portuario de manipulación de mercancías. Este nombramiento deberá dar lugar a equipos habituales para la adecuada realización de las operaciones portuarias (sólo aplicable al Puerto de Bilbao).

 

Ambas resoluciones establecen que "Por Puertos de Estado y las Autoridades Portuarias se vigilará el más estricto cumplimiento de lo dispuesto, proponiendo a la vista de las incidencias en su caso surgidas, las medidas que considere conveniente deban adoptarse".

 

El texto de estas resoluciones puede descargarse aquí.