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RECURSO PRESENTADO EL DIA 23 .02.2021 A LA JUNTA ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN CÁNTABRA DE VELA POR LA ANULACIÓN DE LAS VOTACIONES A MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL

Recurso presentado la Junta Electoral de la FCV por la anulación de las votaciones a miembros de la asamblea el día 23.02.2021

A la Junta Electoral

Federación Cántabra de Vela

La orden ECD/2/2016 de 4 de enero de 2016, por la que se establecen los criterios a los que habrán de ajustarse las Federaciones Deportivas Cántabras para la elección de los miembros de sus Asambleas Generales y Presidentes, en que Las disposiciones contenidas en esta Orden serán de aplicación a las Federaciones Deportivas Cántabras en el desarrollo de los procesos electorales para la elección de sus órganos de gobierno y representación, de acuerdo con sus respectivos reglamentos electorales, que deberán ajustarse a lo dispuesto en la presente normativa.

En su artículo 3.g) obliga a que el reglamento Electoral contemple la Votación en las distintas elecciones, CON ESPECIAL REFERENCIA A LA OBLIGACIÓN DE CELEBRAR VOTACIONES, SEA CUAL SEA EL NÚMERO DE CANDIDATOS.

Y sigue diciendo: Este contenido se referirá tanto a las elecciones a la Asamblea General como a la elección de Presidente.

Esto no está recogido, como obliga el citado artículo en el Reglamento Electoral de la Federación Cántabra de Vela (FCV)

Pues bien, para el pasado lunes día 22 de febrero el calendario electoral determinaba el día de

Celebración de Elecciones a miembros de la Asamblea General.

Acto que no ha tenido lugar, no habiéndose celebrado la Votación para la elección a miembros de la Asamblea General incumpliéndose fragante mente el art. 3.g) de la Orden EDC/2/2016 de 4 de enero de 2016.

Ante esta vulneración fragante de la Orden que regula las elecciones en las FFCC, entre las que se encuentra la FCV, SOLICITO se tenga por entregado este recursos, se admita y en base a él se anule el Proceso electoral que se ha estado llevando irregularmente en la FVC, y el incumplimiento del Art. 3.g) de la Orden ECD/2/2016 de 4 de enero que obliga a realizar la votación sea cual sea el número de Candidatos a la Asamblea General

Fdo.: José Francisco García de Soto y de la Roza